El Congreso Nacional aprobó la
interpelación al ministro de justicia Vicente Zeballos el lunes 02 de
setiembre, quien responderá un pliego interpelatorio de 12 preguntas acusado
por la irregular excarcelación del sicario Rubén Moreno Olivo, alias “Goro”.
Este sujeto pese a contar con sentencia de prisión efectiva de 25 años
implicado en el crimen del exconsejero regional de Ancash, Ezequiel Nolasco,
salió de la prisión de Piedras Gordas el 13 de junio para cumplir un arresto
domiciliario por presunta negligencia del INPE, siendo capturado por la policía
el 13 de julio en el distrito limeño de Los Olivos. La oposición encabezada por
Fuerza Popular, Partido Aprista, Contigo, Cambio 21 y Acción Republicana,
promovieron la interpelación contra el ministro de justicia porque lo
consideran el responsable político de la excarcelación irregular.
No analizaremos el caso concreto
de la próxima interpelación del ministro de justicia, sino haremos un resumen
histórico de este mecanismo de control político que tienen los Congresistas
denominado interpelación política y dar a conocer cuántas interpelaciones se
registraron desde el gobierno de Toledo hasta el Gobierno de Vizcarra. La
interpelación esta normada en la Carta Magna, artículo 131 al señalar que “es
obligatoria la concurrencia del Consejo de Ministros o cualquiera de sus
ministros, cuando el Congreso los llama a interpelarlos. La interpelación se
formula por escrito. Debe ser presentada por no menos del quince por ciento del
número legal de congresistas. Para su admisión se requiere el voto del tercio
del número de representantes hábiles y la votación se efectúa indefectiblemente
en la siguiente sesión. El Congreso señala día y hora para que los ministros
contesten la interpelación. Esta no puede realizarse ni votarse antes del
tercer día de su admisión ni después del décimo”.
“La interpelación puede concluir
con el voto de censura y rechazo a la cuestión de confianza cuando las
explicaciones del interpelado no satisfacen al Congreso, por lo que los grupos
interpelantes pueden presentar una moción de censura suscrita por no menos del
veinticinco por ciento del número legal de los congresistas. Si es censurado el
Presidente del Consejo de Ministros o un ministro interpelado, debe renunciar,
por lo que el Presidente de la República debe aceptar la dimisión dentro de las
setenta y dos horas, debiendo designar a un nuevo ministro”, por mandato del
artículo 132 de la Constitución Política. En esencia, la interpelación es un
mecanismo de control político del que hacen uso los congresistas para hacer
efectiva la responsabilidad de los ministros, por lo que los interpelados,
deben rendir cuenta de su gestión sectorial o del desarrollo de las políticas
públicas de su sector que algunas bancadas parlamentarias de la oposición
cuestionan.
La interpelación es un derecho de
las minorías, pero son utilizadas por mayorías opositoras para obstruir la
gestión del gobierno nacional incurriendo en abuso del derecho parlamentario,
cuando el gobierno no tiene bancada parlamentaria que la defienda, convirtiendo
al parlamento en un ring de box, restando legitimidad al primer poder del
estado. De las doce Constituciones Políticas que ha tenido el Perú desde 1821
al 2019, solo en seis de ellas se reconoció a la interpelación como mecanismo
de control parlamentario en las Constituciones 1860, 1867,1920, 1933, 1979 y
1993. En el documento de investigación “La disciplina y efectividad de las
bancadas de oposición en el Parlamento en los casos de interpelaciones durante
los gobiernos de Toledo, García y Humala”, se da cuenta que desde el 2001 al
2016 se presentaron 85 mociones de interpelación, pero solo se dieron 36
votaciones para la admisión de las interpelaciones. El trabajo de investigación
no reporta al gobierno de PPK y Vizcarra, pero da cuenta que solo las bancadas
parlamentarias más disciplinadas lograron el mayor número de interpelaciones.
El gobierno de Toledo del 2001 al
2006, tuvo 22 mociones de interpelación, siendo admitidas 8, fueron rechazadas
2 y no se debatieron por temas procedimentales 12. En ese gobierno el ministro
del interior Fernando Rospigliosi fue censurado por el Congreso por no tomar las
previsiones para evitar el asesinato del alcalde de Ilave, Cirilo Robles en
mayo del 2004. El gobierno de García del 2006 al 2011 tuvo 41 mociones de
interpelación, fueron admitidas 11, fueron rechazadas 10 y no se debatieron por
temas procedimentales 20. El primer ministro Yehude Simón renunció a su cargo
el 11 de julio del 2009 ante la inminente interpelación del Congreso después
del Baguazo que significó la muerte de 33 peruanos en la selva. Al gobierno de
Ollanta Humala 2011-2016 se presentaron 23 mociones de interpelación, siendo
admitidas 5, rechazadas 3 y no se debatieron por temas procedimentales 15. La
primera ministra Ana Jara fue censurada el 30 de marzo del 2015 con 72 votos
por utilizarse recursos de inteligencia para rastrear a políticos, empresarios
y periodistas.
De los 18 ministerios del poder
ejecutivo, los ministros más interpelados en el periodo 2001 al 2016 fueron en
primer lugar, los ministros del interior, en segundo lugar, los ministros de
energía y minas y en tercer lugar, los ministros de economía y finanzas. En el
periodo 2016-2021 del gobierno de PPK, fue interpelado y luego censurado el
ministro de educación Jaime Saavedra con 78 votos por presuntos actos de
corrupción en la compra de computadoras, pero también renunció el ministro de
transportes Martín Vizcarra luego de ser interpelado por el Congreso por la
cuestionada adenda del aeropuerto de Chinchero, así como fue interpelada la
ministra de educación, Marilú Martens. En el gobierno de Vizcarra, fue
interpelada la ministra de educación Flor Pablo el 2018 y será interpelado el 2
de setiembre del 2019 el ministro de justicia. ¿Censuraran los congresistas
fuji-apristas a Vicente Zeballos?
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