martes, 18 de septiembre de 2018

NELSON MANDELA, EL PRESO 46664



Pocos seres humanos dejaron huella en la historia universal de la humanidad para ser considerados como líderes mundiales ya que, hasta el final de sus vidas, lucharon por sus ideales y principios que enarbolaron. Nos referimos a concretamente hoy a Nelson Mandela que fue un activista social, abogado y político que nació el 18 de julio de 1918 en Sudáfrica y falleció el 05 de diciembre del 2013 a la edad de 95 años de edad. Nació en una aldea tribal al sur de Sudáfrica y tuvo 12 hermanos, muriendo su padre cuando él tenía 9 años, por lo que su madre dejo a su hijo a cargo de su primo y tutor de la aldea hasta que sea adulto. Estudió Derecho en la Universidad de Fort Hare donde se inició en la actividad política, donde fue expulsado por participar en una huelga de estudiantes.

A los 23 años, se trasladó a la capital de Johannesburgo e ingresó al Congreso Nacional Africano (CNA), un partido político que luchaba por la igualdad de derechos con la minoría blanca, cuando Sudáfrica era gobernada por una élite de raíces holandesas e ingleses. En 1941 concluyo Derecho por correspondencia y luego ingreso a la Universidad de Witwatersand de Johannesburgo para doctorarse y posteriormente, aperturó el primer bufete de abogados negros. En 1943 formó la Liga Juvenil Sudafricana y organizó múltiples protestas como huelgas contra el apartheid que impuso zonas para blancos y zonas para negros, siendo reprimidos a sangre y fuego por la policía sudafricana. Pero en 1948 ingresó al gobierno sudafricano el Partido Nacionalista de radicales blancos quienes impusieron un severo régimen legal de segregación racial, privilegiando a la minoría blanca, impidiendo que los negros accedan a cargos públicos ni puestos calificados que se inició desde 1911 en ese país.

Ante la opresión racial, Mandela y otros líderes, organizó un movimiento nacional de resistencia y desobediencia civil sin armas desde el CNA que se inició el año 1952, desafiando el toque de queda que impuso el gobierno de minoría blanca. La desobediencia pacífica contra el apartheid duró 10 años. El desacato obligó al gobierno blanco de Sudáfrica de ilegalizar al CNA lo que obligó a Mandela y sus dirigentes a organizar una lucha armada desde la clandestinidad para resistir contra el gobierno. El 05 de agosto de 1962, Mandela y otros líderes, fue arrestado y acusado de conspiración y sabotaje contra el gobierno nacional, siendo sentenciado a 27 años de prisión en distintas cárceles. En el juicio, Mandela en su intervención ante los jueces expresó estas frases históricas. “He luchado contra la dominación blanca y contra la dominación negra. He albergado el ideal de una sociedad libre y democrática en la que todas las personas convivan en paz y armonía e igualdad de oportunidades. Pero, si es necesario, es un ideal por el que estoy dispuesto a morir”. En la prisión, Mandela vivió en condiciones precarias ya que solo podía recibir dos visitas y dos cartas por cada año.

En la década del 80 del siglo XX, creció la protesta social en Sudáfrica, pero también la presión contra el gobierno de minoría blanca de ese país, por no respetar los derechos humanos de la mayoría negra. Ante la presión interna y externa, el gobierno sudafricano del presidente Frederick de Klerk que fue un gobernante moderado y para calmar la protesta social, visitó personalmente la prisión donde estaba Mandela cuando tenía 71 años comprobando que estaba enfermo de tuberculosis y a quien los agentes penitenciarios lo denominaban el preso 46664.  Al día siguiente de la visita, el año 1990 el presidente sudafricano ordenó su liberación. Posteriormente, Mandela y de Klerk dialogaron y coincidieron que debía ponerse fin al apartheid que se concretó el año 1992, pero también legalizar al CNA, lo que motivo que el año 1993 ambos recibieron el Premio Nobel de la Paz.  Luego de su liberación, Mandela fue elegido para liderar el CNA y desde ese lugar exigió que la minoría blanca reconozca la igualdad de los derechos con la mayoría negra.

Recién el 26 de abril de 1994, más de 20 millones de sudafricanos de mayoría negra por primera vez ejercieron el derecho al voto en elecciones libres, concluyendo con casi 300 años de dominación de minoría blanca. El pueblo voto mayoritariamente por Mandela, quien afectuosamente lo apodaban el “Madiba” (el padre) siendo el primer presidente negro en la historia de Sudáfrica con más de 62% de votación nacional, llevando como vicepresidente a Frederick de Klerk en representación de la minoría blanca para reconciliar a su nación entre negros y blancos.  Mandela tuvo más de una veintena de distinciones y condecoraciones de varios gobiernos europeos, de organizaciones humanitarias y de prestigiosas universidades del mundo. El 11 de noviembre del 2009, la Organización de las Naciones Unidas declaró el 18 de julio como el Día Internacional de Nelson Mandela como reconocimiento a su contribución a la paz y la libertad. Este año 2018, se recuerda el centenario del nacimiento de ese político y luchador social sudafricano que enseñó al mundo que pese a estar preso por 28 años, fue uno de los líderes mundiales más influyentes de la humanidad en su anhelo de conseguir la igualdad racial en todo el mundo. ¿Qué estamos haciendo en Arequipa especialmente en las universidades, institutos y colegios para recordar a Nelson Mandela, el preso 46664?

miércoles, 12 de septiembre de 2018

EL FISCAL DEBE SER DESTITUIDO POR EL CONGRESO



Una nación libre y soberana como el Perú, se reconoce porque sus ciudadanos deben defender entre otros principios, la Constitución y la Ley, ya que esta última, es una característica principal de un estado democrático y representativo que gobernantes y gobernados debemos respetar. El principio de legalidad o primacía de la ley, se sustenta cuando una autoridad o los ciudadanos ejercemos nuestros derechos y deberes de acuerdo con la Constitución, la ley, los estatutos y reglamentos vigentes, por lo que la legalidad es una regla de oro dentro de un sistema democrático. Aplicar el principio de legalidad nos asegura a los ciudadanos dos valores jurídicos esenciales en una democracia: La certeza y la igualdad. El principio de legalidad tiene múltiples definiciones. Algunos sostienen que se fundamenta en el estado de derecho, por lo que todas las autoridades y ciudadanos deben actuar dentro del ámbito de la ley y no incurrir en el ejercicio arbitrario del poder.

El principio de legalidad nos asegura a las personas el respeto a la seguridad jurídica y eso significa según el Tribunal Constitucional, “una condición esencial para las personas en un Estado ya que representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley y evita que el capricho, torpeza o mala voluntad de los gobernantes puedan causarles perjuicio”. En nuestra Constitución Política, el principio de legalidad está considerado en varios artículos. Entre ellos, el artículo 2 inciso 24. Por lo tanto, el principio de legalidad es fundamental y sustancial en un estado de derecho y todos tenemos la obligación de respetar el ordenamiento jurídico de la nación desde la Constitución hasta los reglamentos vigentes y con mayor razón cuando son funcionarios públicos de alto nivel. Eso es lo que no ha respetado el actual Fiscal de la Nación que, con su pésima actuación en las últimas semanas, ha dado un golpe de estado jurídico a la nación, arrastrando al organismo constitucional autónomo a la peor crisis que se recuerde desde su creación institucional, cuando debió ser el primero en respetar la ley y la imagen del Ministerio Público del país.

La actual ley orgánica del Ministerio Público, el decreto legislativo 052 en su artículo 50, afirma textualmente: “Juramento de Fiscales: El Fiscal de la Nación presta juramento para ejercer el cargo ante el Presidente de la República. Los Fiscales Supremos y Superiores lo hacen ante el Fiscal de la Nación”. El actual Fiscal de la Nació no cumplió con esa obligación legal y juramentó a su cargo en el mes de julio ante sus pares supremos, y no lo hizo ante el Presidente de la República, desacatando el ordenamiento jurídico de su institución que debió el ser primero en respetar como defensor de la legalidad. El actual Fiscal argumentó que no juramentó ante el Jefe de Estado, amparadose en la autonomía constitucional que tiene su institución, creyendo tal vez que el Ministerio Público es un feudo del Estado y está totalmente equivocado. El Tribunal Constitucional en el expediente Nº 0012-2003-AI, señaló que “la autonomía constitucional es la capacidad de auto gobierno para desenvolverse con libertad y discrecionalidad, pero sin dejar de pertenecer a una estructura general de la cual en todo momento se forma parte y que está representada no solo por el Estado, sino por el ordenamiento jurídico que rige a éste”.

En otra sentencia, el TC en el expediente Nº 00027-2007-AI, señaló que “las autonomías no son absolutas y deben enmarcarse dentro de los límites establecidos por la Constitución y la Ley, es decir, que la autonomía se encuentra subordinada a la Constitución y a la ley con el fin de evitar una situación de anarquía institucional”. Ante el golpe de estado jurídico que promovió el fiscal supremo cuestionado en complicidad con algunos de sus colegas supremos, por mandato constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura debió sancionarlo y destituirlo por desacato a la ley, sin embargo, esa sanción no se concretó porque los consejeros del CNM fueron removidos por el Congreso por haber incurrido en falta grave. Sin embargo, en su ejercicio constitucional de control político, el Congreso Nacional tiene hoy la obligación de sancionar la actuación ilegal del Fiscal de la Nación. El artículo 99 de la Carta Magna señala que “corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso a altos funcionarios públicos por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.

Pero el artículo 100 de la Constitución es más preciso: “Corresponde al Congreso, sin participación de la Comisión Permanente, suspender o no al funcionario acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por diez años, o destituirlo de su función sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad”.  Fuerza Popular tiene la obligación constitucional de destituir al Fiscal de la Nación por desacato a la ley, respetándose el debido proceso. No hacerlo significaría que los fujimoristas abdican de sus obligaciones constitucionales para proteger a su lideresa Keiko Fujimori y sus congresistas investigados en el Ministerio Público, lo que evidenciaría ante el país que la bancada naranja utiliza el Parlamento para proteger sus intereses políticos antes que defender los intereses nacionales para sancionar a quienes trasgreden el orden constitucional y legal.

lunes, 3 de septiembre de 2018

EL DÍA INTERNACIONAL DE LA DEMOCRACIA



El Día Internacional de la Democracia se celebra todos los años cada 15 de setiembre ya que fue un acuerdo aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el año 2007. Durante esta jornada se invita a todos los Estados miembros del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones regionales, intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales a conmemorar esa fecha. Se afirma que democracia es sinónimo del derecho a elegir y ser elegido en un Estado, pero la mayoría de juristas sostienen que la democracia es mucho más que eso y tiene un conjunto de instituciones sustentada en varios valores y principios que deben ser practicados. Un estado democrático tiene múltiples características y una de las principales, es la soberanía del pueblo, por el cual es el electorado quien toma las decisiones más trascendentales de su presente y futuro. No hay duda que la democracia es una forma de gobierno en donde siempre está presente la democracia directa (el referéndum), pero también la democracia representativa, (cuando elegimos alcaldes, gobernadores regionales o al presidente de la república).

Otra característica fundamental es que todo Estado debe contar con una Constitución donde se reconoce los derechos fundamentales de las personas naturales y jurídicas, se establece la estructura jurídica, económica, social y política del Estado, pero también las funciones y competencias de los poderes públicos, los organismos constitucionales autónomos y los gobiernos descentralizados, etc. Asimismo, todo Estado debe practicar el pluralismo político, ideológico y religioso, respetándose la voluntad de las mayorías sin sacrificar ni perjudicar a las minorías, lo que supone que siempre debe haber tolerancia y apertura. Los Estados democráticos deben tener poderes públicos, organismos constitucionales y gobiernos descentralizados autónomos e independientes, que cooperan entre ellos, respetando mutuamente sus competencias asignadas en la Carta Magna. Otra característica es que deben respetar plenamente los derechos fundamentales y los derechos colectivos.

Entre ellos, la libertad de expresión e información, libertad de asociación, la libertad de culto, el derecho al honor, a la inviolabilidad del domicilio, a reunirse pacíficamente, a trabajar libremente con sujeción a la ley, derecho a la propiedad y herencia, a su identidad étnica y cultural, a su nacionalidad, a elecciones libres y periódicas, a la participación ciudadana, el control ciudadano, la rendición de cuentas, la transparencia, la prensa libre y responsable, etc. La prestigiosa revista The Economist informó el año 2017 cuáles fueron los países más democráticos y cuáles eran los países menos democráticos del mundo, tomando como parámetros varios indicadores en su denominado índice de democracia. Entre ellos, procesos electorales y pluralismo, funcionamiento del gobierno, participación política, cultura política y derechos civiles, calificando a los países con categorías de democracias plenas, democracias imperfectas, regímenes híbridos y regímenes autoritarios.

Según este ranking, Noruega ocupó el primer lugar, Islandia el segundo lugar y Suecia el tercer lugar. En América Latina, los países mejor ubicados fueron Costa Rica en el puesto 23, Chile en el puesto 26 y Panamá en el puesto 45. Perú se ubicó en el puesto 61 dentro de 167 Estados en el mundo calificándonos como democracia imperfecta, siendo nuestros mejores indicadores los procesos electorales permanentes y el pluralismo político, así como también el respeto a las libertades civiles, mientras que los indicadores incipientes fueron participación política, política cultural y el funcionamiento del gobierno. La clasificación mundial ubicó en los últimos lugares en el puesto 165 a Chad, puesto 166 a Siria y puesto 167 a Corea del Norte. Venezuela se ubicó en el puesto 117 y Cuba en el puesto 131 calificando a ambos como regímenes autoritarios. Las dictaduras son formas de gobierno autoritario y totalitario por el cual el poder se concentra en una persona o un grupo de elite y no se respeta los derechos fundamentales y colectivos de la persona, ni la independencia de los poderes públicos, se centraliza el poder, hay represión indiscriminada a los opositores y al pueblo, se emplea el terror, se utiliza campos de concentración para apresar a los que están en contra del gobierno, etc.

Los gobiernos dictatoriales generalmente nacen de golpes de estado, pregonando “la defensa de la patria” y “la regeneración moral del país” y tienen como bases de apoyo a los militares y la élite económica. En todos los continentes hemos tenidos muchos dictadores y genocidas que en otro momento los enumeraremos. Finalmente, recordamos dos frases importantes a propósito del día de la democracia. “La dictadura se presenta como acorazada porque ha de vencer. La democracia se presenta desnuda porque ha de convencer” de Antonio Gala. “Si no hay comida cuando se tiene hambre, sino no hay medicamentos cuando se está enfermo, si hay ignorancia y no se respetan los derechos fundamentales de las personas, la democracia entonces es una cascara vacía, aunque los ciudadanos voten y tengan un parlamento y prensa libre”. Nelson Mandela, ex presidente de Sudáfrica y Premio Nobel de la Paz.