LA
DECLARACIÓN DE INTERESES DEL PRESIDENTE MARTÍN VIZCARRA
Hugo Amanque Chaiña
Periodista
y Abogado
El
presidente de la república, Ing. Martin Vizcarra Cornejo, publicó el 17 de
abril en el portal web de la presidencia de la república, su declaración de
interés personal en donde da cuenta que desde 1990 al 2018 tiene el 35% de
accionariado en la empresa C y M Vizcarra SAC, pero también posee el 30% de
acciones en la empresa Agro técnica Estuquiña S.A. desde 1998 hasta el 2018.
Asimismo, Vizcarra da cuenta que fue director del proyecto Pasto Grande y
SUSALUD, gobernador regional de Moquegua, ministro de transportes, primer
vicepresidente de la república, embajador de Perú en Canadá y hoy es el
Presidente de la República.
Vizcarra
da cuenta también que es miembro del Colegio de Ingenieros del Perú y fue
candidato por el Movimiento Integración Regional por Ti en Moquegua, así como
un listado de sus familiares más cercanos al actual Jefe de Estado. Uno
de los indicadores para evaluar la actuación de los políticos son sus gestos y
actos públicos y privados, por lo que es positivo que el presidente Vizcarra de
ejemplo como Jefe de Estado al publicar su declaración de interés, lo que
debería ser imitado por todos los altos funcionarios de Estado y de todas las
dependencias públicas.
La ley
obliga hoy a los funcionarios públicos a efectuar su declaración jurada de
bienes y rentas al ingresar al sector público y cuando son candidatos deben
publicar su currículo vitae según el Jurado Nacional de Elecciones, pero no hay
ninguna legislación que obligue al funcionario a declarar sus conflictos de
interés o declaración de interés cuando se convierte en funcionario público, lo
que finalmente le costó el puesto a Pedro Pablo Kuchinsky al ser obligado a
renunciar a la presidencia, porque no supo diferenciar su interés privado al
dar consultorías a empresas brasileñas, siendo funcionario público como ex
ministro de economía del gobierno de Toledo.
Pero,
¿Qué es una declaración de intereses? Hay múltiples definiciones sobre el tema.
Unos dicen que es una situación en la que un funcionario público tiene un
interés económico personal o profesional contrapuesto que podría tener efecto
real en el cumplimiento de sus responsabilidades funcionales. Otros sostienen
que la declaración de interés, permite identificar aquellas actividades o
relaciones que tuvo una persona y podrían interferir con el ejercicio de las
funciones o decisiones como funcionario público y al hacer pública esta declaración
de intereses, podría evitar que se privilegie su interés personal o familiar
sobre el interés público.
Por lo
tanto, podríamos resumir que la declaración de intereses es el documento
público por el cual los funcionarios públicos dan cuenta de sus antecedentes
profesionales y económicos que han desarrollado con la finalidad que la opinión
pública haga una fiscalización de sus actos para garantizar un ejercicio
imparcial y justo de su cargo en las decisiones que adopta en la administración
pública. El presidente Vizcarra y el primer ministro, Cesar Villanueva,
anunciaron que el gobierno remitirá al Congreso Nacional un proyecto de ley que
obligue a los funcionarios públicos a efectuar sus declaraciones de intereses
para que la población conozca sus antecedentes personales, profesionales o
económicos y evitar actos de corrupción a futuro.
En países
como Argentina, Colombia y México, hay leyes que obligan a los funcionarios a
emitir sus declaraciones de intereses que el Perú no ha regulado, porque justamente
en el poder ejecutivo y legislativo de las últimas décadas, hemos tenido algunos
funcionarios lobistas que representan diversos intereses económicos que han
evitados que se legislen sobre la declaración de intereses. Fue la Asociación
Civil Transparencia el año 2016 quien propuso múltiples reformas
institucionales en el Estado para reducir la corrupción, siendo uno de ellos,
la aprobación de una ley de gestión de intereses que incluya la obligación de
todo funcionario público de presentar su declaración jurada de intereses y se
transparente las relaciones entre el sector público y sector privado y
disminuir la famosa “silla giratoria” para evitar los conflictos de interés de
funcionarios privados que fueron ministros de estado y emitieron normas en favor
de empresas privadas antes que cautelar el interés nacional o el bien común.
Por
mandato constitucional, los proyectos de ley que presenta el poder ejecutivo al
poder legislativo, deben tener prioridad en la aprobación de normas legales en
el Congreso, por lo que esperamos que los parlamentarios no retrasen la
aprobación del proyecto de ley que el gobierno anunció que presentará en los
próximos días. En la futura ley de declaración de intereses, debería
precisarse a qué tipo de funcionarios públicos alcanzaría esa ley, en qué
periodo de tiempo debe presentarse, en qué periodo de tiempo de actualizarse
los datos, que entidad es la que recepcionará esa declaración y cuáles son las
sanciones administrativas o penales a los funcionarios públicos que incumplan
dicha obligación legal e incluir la destitución del funcionario si omite
informar o dar información falsa.
(21/04/2018)
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