El congresista Omar Chehade luego
de ser separado de la bancada parlamentara de Gana Perú supuestamente por no
acatar los acuerdos de su agrupación política y no asistir a reuniones de
coordinación, señaló a la prensa limeña que en el mes de julio del presente año
le expresó al Presidente Humala su temor que al finalizar su gobierno, Ollanta
sería denunciado por la oposición política por usurpación de funciones o
usurpación de poder de Nadine Heredia, ya que la primera dama de la nación
habría puesto y sacado a ministros y embajadores. Chehade reafirmó que quien
reina y gobierna en el país es Nadine. La prensa capitalina no ha hecho un
seguimiento a esta denuncia que sería grave porque ya hay un precedente funesto que acabo
con una sentencia judicial. ¿A quién nos referimos? Al ex presidente Fujimori
quien el año 2007 en el expediente 13-2003 de la Corte Suprema, emitió una
sentencia que condenó a seis años de pena privativa de libertad al ex jefe de
estado como inductor del delito de usurpación de funciones en agravio del
Estado y al pago de una reparación civil de 400 mil soles a favor del Estado.
¿Por qué fue condenado Fujimori?
En ese proceso penal el ex presidente reconoció que utilizó a un militar de
alta graduación como “fiscal” para ingresar a un inmueble de Vladimiro
Montesinos ya que Fujimori estaba desesperado para ubicar las maletas en donde
había centenares de videos de la corrupción de su gobierno y evitar que estas
pruebas fueran utilizadas en procesos penales en su contra. El ex jefe de estado
admitió que planificó ese operativo junto a militares y policías, cuando su
deber constitucional era poner en manos de los organismos especializados la
captura, intervención e incautación de pruebas contra Montesinos. Es decir, que
la policía y la fiscalía actuaran libre y autónomamente bajo la supervisión del
fiscal de turno y no bajo las órdenes de Fujimori. ¿Qué dice el Código Penal sobre
la usurpación de funciones? El artículo 361 sobre usurpación de la función
pública señala lo siguiente: “El que, sin título o nombramiento usurpa una
función pública, o la facultad de dar órdenes militares o policiales, o el que
hallándose, destituido, cesado, suspendido o subrogado de su cargo continua
ejerciéndolo, o el que ejerce funciones correspondientes a cargo diferente al
que tiene, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni
mayor de siete años e inhabilitación de uno a dos años conforme al artículo 36,
incisos 1 y 2”.
Sobre este tema hay mucho que
preguntar e investigar a futuro tanto por la prensa independiente como por el
Congreso Nacional en su atribución de control político. Siendo la primera dama
de la nación, ¿Ha ejercido Nadine funciones diferentes al cargo que tiene?
Quien ha deslizado que Nadine habría usurpado funciones es Omar Chehade. ¿Qué
pruebas concretas tiene el ex parlamentario nacionalista al precisar que quien
reina y gobierna es Nadine colocando y sacando a embajadores y ministros de
estado? ¿Formará el Congreso Nacional una comisión investigadora para este caso
concreto que ha denunciado Chehade? El 18 de abril del 2015 en el diario El
Comercio se público la información que el fiscal Augusto Berrocal de la 23
Fiscalía Penal de Lima, inició investigación
a Nadine Heredia por presunta usurpación de funciones. El denunciante
fue el abogado iqueño Carlos Huerta Escate, quien como prueba de su denuncia,
señaló que Heredia habría utilizado aeronaves de la FAP en 65 ocasiones con
fines proselitistas acompañando a ministros de estado y altos funcionarios
públicos en actos públicos en el interior del país y al extranjero, al margen
que se habría desembolsado 136 mil soles del despacho presidencial para
difusión de noticias de los viajes de la primera dama, lo que generó un gasto
al tesoro público de 3 millones 267 mil soles entre el año 2011 al 2013. El
abogado Huerta utilizó como fuente informativa el informe de gastos de la
presidencia que efectuó la Contraloría el 2013.
Esta denuncia que se presentó en
abril del 2015 tenía un plazo de
investigación de 120 días y al momento se desconoce si el fiscal archivó,
amplió o formalizó la denuncia antes reseñada. Lo visible es que fue la primera
dama quien reprocho públicamente al ex primer ministro Cesar Villanueva el año
2013 cuando este último se pronunció por un incremento del sueldo mínimo,
respondiendo Nadine que ese tema no estaba en agenda. Ese asunto fue una clara
intromisión de la primera dama en la función pública lo que ocasionó la
renuncia del primer ministro Cesar Villanueva. El otro caso fue la revelación
de un audio difundido por la televisión capitalina en donde el entonces
ministro de defensa, reconoció que tenia “luz verde” de Nadine para la compra
de pertrechos militares. ¿Hay pruebas contundentes para acusar a la primera
dama? ¿Será este Congreso o el próximo quien
investigue a Nadine? ¿Qué responsabilidad tendría el Presidente?
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