lunes, 5 de octubre de 2015

¿ ESTÁ USURPANDO FUNCIONES NADINE HEREDIA ?






El congresista Omar Chehade luego de ser separado de la bancada parlamentara de Gana Perú supuestamente por no acatar los acuerdos de su agrupación política y no asistir a reuniones de coordinación, señaló a la prensa limeña que en el mes de julio del presente año le expresó al Presidente Humala su temor que al finalizar su gobierno, Ollanta sería denunciado por la oposición política por usurpación de funciones o usurpación de poder de Nadine Heredia, ya que la primera dama de la nación habría puesto y sacado a ministros y embajadores. Chehade reafirmó que quien reina y gobierna en el país es Nadine. La prensa capitalina no ha hecho un seguimiento a esta denuncia que sería grave  porque ya hay un precedente funesto que acabo con una sentencia judicial. ¿A quién nos referimos? Al ex presidente Fujimori quien el año 2007 en el expediente 13-2003 de la Corte Suprema, emitió una sentencia que condenó a seis años de pena privativa de libertad al ex jefe de estado como inductor del delito de usurpación de funciones en agravio del Estado y al pago de una reparación civil de 400 mil soles a favor del Estado. 

¿Por qué fue condenado Fujimori? En ese proceso penal el ex presidente reconoció que utilizó a un militar de alta graduación como “fiscal” para ingresar a un inmueble de Vladimiro Montesinos ya que Fujimori estaba desesperado para ubicar las maletas en donde había centenares de videos de la corrupción de su gobierno y evitar que estas pruebas fueran utilizadas en procesos penales en su contra. El ex jefe de estado admitió que planificó ese operativo junto a militares y policías, cuando su deber constitucional era poner en manos de los organismos especializados la captura, intervención e incautación de pruebas contra Montesinos. Es decir, que la policía y la fiscalía actuaran libre y autónomamente bajo la supervisión del fiscal de turno y no bajo las órdenes de Fujimori. ¿Qué dice el Código Penal sobre la usurpación de funciones? El artículo 361 sobre usurpación de la función pública señala lo siguiente: “El que, sin título o nombramiento usurpa una función pública, o la facultad de dar órdenes militares o policiales, o el que hallándose, destituido, cesado, suspendido o subrogado de su cargo continua ejerciéndolo, o el que ejerce funciones correspondientes a cargo diferente al que tiene, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de siete años e inhabilitación de uno a dos años conforme al artículo 36, incisos 1 y 2”. 

Sobre este tema hay mucho que preguntar e investigar a futuro tanto por la prensa independiente como por el Congreso Nacional en su atribución de control político. Siendo la primera dama de la nación, ¿Ha ejercido Nadine funciones diferentes al cargo que tiene? Quien ha deslizado que Nadine habría usurpado funciones es Omar Chehade. ¿Qué pruebas concretas tiene el ex parlamentario nacionalista al precisar que quien reina y gobierna es Nadine colocando y sacando a embajadores y ministros de estado? ¿Formará el Congreso Nacional una comisión investigadora para este caso concreto que ha denunciado Chehade? El 18 de abril del 2015 en el diario El Comercio se público la información que el fiscal Augusto Berrocal de la 23 Fiscalía Penal de Lima, inició investigación  a Nadine Heredia por presunta usurpación de funciones. El denunciante fue el abogado iqueño Carlos Huerta Escate, quien como prueba de su denuncia, señaló que Heredia habría utilizado aeronaves de la FAP en 65 ocasiones con fines proselitistas acompañando a ministros de estado y altos funcionarios públicos en actos públicos en el interior del país y al extranjero, al margen que se habría desembolsado 136 mil soles del despacho presidencial para difusión de noticias de los viajes de la primera dama, lo que generó un gasto al tesoro público de 3 millones 267 mil soles entre el año 2011 al 2013. El abogado Huerta utilizó como fuente informativa el informe de gastos de la presidencia que efectuó la Contraloría el 2013. 

Esta denuncia que se presentó en abril del 2015  tenía un plazo de investigación de 120 días y al momento se desconoce si el fiscal archivó, amplió o formalizó la denuncia antes reseñada. Lo visible es que fue la primera dama quien reprocho públicamente al ex primer ministro Cesar Villanueva el año 2013 cuando este último se pronunció por un incremento del sueldo mínimo, respondiendo Nadine que ese tema no estaba en agenda. Ese asunto fue una clara intromisión de la primera dama en la función pública lo que ocasionó la renuncia del primer ministro Cesar Villanueva. El otro caso fue la revelación de un audio difundido por la televisión capitalina en donde el entonces ministro de defensa, reconoció que tenia “luz verde” de Nadine para la compra de pertrechos militares. ¿Hay pruebas contundentes para acusar a la primera dama?  ¿Será este Congreso o el próximo quien investigue a Nadine? ¿Qué responsabilidad tendría el Presidente?




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