domingo, 14 de octubre de 2018

¿DEBE REFORMARSE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993?



La Constitución Política de 1993 cumplirá 25 años de vigencia en diciembre 2018, la que emergió luego del auto golpe de Fujimori el 05 de abril de 1992 que instituyó el gobierno de emergencia y reconstrucción nacional  que ante la presión interna y externa, dio lugar a la elección del Congreso Constituyente Democrático. Fue el CCD que presidió Jaime Yosiyama que aprobó la actual Carta Magna en un cuestionado referéndum donde el “Si” ganó ajustadamente al “No”.  La actual Constitución es la décimo segunda en la historia constitucional del Perú y tuvo innovaciones como el referéndum, la pena de muerte, la reelección presidencial, la unicameralidad del Congreso, el Consejo Nacional de la Magistratura, la creación de la Defensoría del Pueblo, el rol subsidiario del Estado en la economía, los contratos ley, etc.

La primera Constitución tuvo 193 artículos donde la religión católica era la única reconocida por el Estado siendo excluida otras confesiones religiosas y se promulgó en 1823 con una duración de tres años.  La segunda se promulgó en 1826 y tuvo 150 artículos, duro dos años donde se instituyó el poder legislativo con la cámara de tribunos, cámara de senadores y la cámara de sensores, pero también el poder ejecutivo, el poder judicial y el poder electoral. La tercera se promulgó en 1828 y tuvo 182 artículos, siendo presidente de la cámara de diputados el sacerdote arequipeño Javier de Luna Pizarro. Innovó la creación del consejo de estado conformado por diez senadores siendo un órgano consultivo del presidente de la república y tuvo una vigencia de seis años.

La cuarta se promulgó en 1834 y tuvo 187 artículos. La fuerza pública estaba conformada por el ejército, la armada y la guardia nacional y no existía entonces la fuerza aérea, no siendo deliberantes estas entidades, teniendo una duración de cinco años. La quinta carta magna se promulgó en 1839 y tuvo 193 artículos, donde por primera vez se instituyó las garantías individuales y se obligaba a todos los funcionarios públicos al tomar posesión de sus cargos a juramentar fidelidad a la Constitución Política, teniendo una duración de diecisiete años. La sexta se promulgó en 1856 y tuvo 140 artículos y duro cuatro años. Trajo como innovación el reconocimiento de las juntas departamentales y para reformar la constitución política, debía ser aprobada en tres legislaturas ordinarias. La séptima se promulgó en 1860 y tuvo 138 artículos, teniendo una duración de siete años. Innovó que los senadores y diputados podían ser revocados de sus cargos cada dos años en un tercio del total si laboraban en alguna función pública en el gobierno nacional. 

La octava se promulgó en 1867 y tuvo 131 artículos y fue la norma suprema más longeva en el país ya que tuvo una vigencia de 53 años. Trajo como innovación la creación del fiscal general con un fiscal general administrativo como consultor del gobierno y defensor de los intereses fiscales. La novena se promulgó en 1920 y tuvo 61 artículos, teniendo una duración de 13 años. Trajo como novedad las garantías sociales, garantías electorales e instituyó los congresos regionales en el país al margen del poder legislativo, estableciendo que habrá congresos regionales en el norte, centro y sur del país. La décima se promulgó en 1933 y fue la segunda norma suprema con más vigencia en el país con un total de 46 años. El Estado protegía a la religión católica, pero reconocía por primera vez la libertad para el ejercicio de otros cultos religiosos, instituyendo el consejo de economía social, los consejos departamentales y por primera vez reconocía a nivel constitucional a las comunidades indígenas. 

La décimo primera constitución política se promulgó en 1979, tuvo 307 artículos y fue la más extensa de todos los textos constitucionales en la historia republicana. Instituyó los derechos y deberes fundamentales de la persona, tenia cámara de senadores y cámara de diputados, se creó los organismos constitucionales autónomos del ministerio público, tribunal de garantías constitucionales, contraloría general de la república, banco central de reserva del Perú y la superintendencia de banca y seguros del Perú, estableciéndose las asambleas regionales. Tuvo vigencia de 14 años. La actual constitución política  cumplirá 25 años en diciembre 2018 y es necesario revisarla. ¿Qué artículos deberían modificarse o derogarse? ¿Debe mantenerse la inmunidad parlamentaria?, ¿Es necesario mantener los contratos ley?, ¿Los magistrados deben ser elegidos por el voto popular? ¿Debería instituirse el referendo revocatorio a los altos funcionarios estatales? ¿Los congresistas deben tener derecho a renunciar a sus cargos? ¿Debemos continuar siendo un Estado Unitario o ser un Estado Federal?  


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