Los regidores de minoría de la
municipalidad provincial de Arequipa en sesión del consejo municipal el 13 de
marzo, cuestionaron al alcalde Omar Candía el tardío informe de la comisión de
transferencia de la ex gestión de Alfredo Zegarra. Uno de los principales
cuestionamientos fue el referido a obras públicas. Según el informe de la comisión
de transferencia, la gestión de Zegarra ejecutó inversiones por 126 millones de
soles en la gestión 2018, pero dejó deudas por 84 millones de soles, lo que
evidencia una contradicción e irresponsabilidad política de la anterior gestión,
pero también de los regidores de ese periodo que no fiscalizaron al ex alcalde,
salvo pocas excepciones.
En la gestión de Zegarra muchas
obras se frustraron. El SIT tuvo múltiples problemas y hoy está estancado. El
PROMUVI se frustro por su mal diseño y perjudicó a miles de ciudadanos a
quienes se ilusionó utilizándose dicho proyecto con fines electorales. Otras
obras tuvieron múltiples observaciones legales, financieras y técnicas. Entre
ellas los pasos a desnivel, el palacio metropolitano Vargas Llosa y el parque acuático
de Tingo entre otras. La actual gestión de Candía no ha dado a conocer oficialmente
el plan de inversiones públicas 2019 en el ámbito provincial lo que es un
misterio aún. Lo concreto es que el ex alcalde Zegarra no respetó la ley 27972
de municipalidades y no se sabe si Candía hará lo mismo.
Nos referimos concretamente al
artículo 43 de la ley de municipalidades, que obliga a la instalación del comité
de alcaldes distritales como órgano de coordinación provincial, siendo el
alcalde provincial su presidente según el artículo 44. Entre tanto, los
artículos 45 y 46 afirma que es el comité de alcaldes distritales quienes
coordinan los planes, programas y proyectos y presupuestos de desarrollo de la
provincia, pero también la adecuada ejecución de acciones interdistritales en
la provincia.
¿En qué fecha instaló Zegarra el comité
de alcaldes distritales el año 2018 como lo obliga la ley de municipalidades? ¿Dónde
están las actas de dicha instalación oficial? ¿Cuáles fueron los acuerdos
concertados y qué alcaldes distritales aprobaron las pocas obras que ejecutó
Zegarra? ¿Fiscalizaron la ejecución de dichas obras publicas los regidores de mayoría
y minoría o se coludieron con el ex burgomaestre provincial? ¿Cuándo instalará
el alcalde Candía el comité de alcaldes distritales? ¿Manejará la hacienda municipal informalmente
como lo hizo su jefe político Alfredo Zegarra? ¿Mantendrán silencio
institucional los 28 alcaldes distritales de la provincia de Arequipa? ¿Exigirán
mediante carta notarial a Candía el cumplimiento de la ley o presentarán una acción
de cumplimiento al burgomaestre provincial? ¿Debe Candía centralizar las
inversiones en la provincia o descentralizar las obras publicas como ordena la
ley de municipalidades?
La ley de municipalidades afirma
que las municipalidades provinciales tienen la obligación de establecer el Plan
Integración de Desarrollo Provincial, aprobar el Plan de Acondicionamiento
Territorial y actualizar los catastros provinciales, entre otros proyectos
provinciales. ¿Cumplirá estas obligaciones Omar Candía o desacatará como lo
hizo el ex alcalde provincial con la indiferencia de los ex alcaldes
distritales del periodo municipal anterior? Todos los recursos económicos que tiene la
comuna provincial, como los fondos del canon y regalías mineras, el presupuesto
de inversiones de la municipalidad provincial, las transferencias del gobierno
central y las utilidades de la Caja Municipal deben ser administrados democráticamente,
con transparencia y con una oportuna rendición de cuentas que no se evidenció
en la gestión de Zegarra. El desarrollo
y progreso de la provincia de Arequipa tiene que alcanzar a los distritos que
están en los conos y que tienen múltiples necesidades postergadas de
infraestructura pública.
Seguir priorizando las obras en
el corazón de la provincia, es centralizar el presupuesto y los servicios de
infraestructura pública, atomizando la zona urbana, lo que es incompatible con
el desarrollo progresivo de las zonas rurales. Sería oportuno que el consejo
municipal de la gestión de Candía, forme una comisión investigadora respecto al
uso de fondos de las obras con todos los recursos económicos del canon y regalías
mineras, pero también de las transferencias de las ultimas décadas de las
utilidades de la Caja Municipal y oportunamente informen al pueblo de Arequipa
las conclusiones y recomendaciones porque hay indicios que esos recursos fueron
manejados ilegalmente y en forma improvisada y no se rindió cuentas
oportunamente a la ciudad.
Un vacío normativo que tiene la
actual ley de municipalidades respecto a la ley 30055 del sistema nacional de
seguridad ciudadano es el siguiente. El artículo 13 sostiene que “el alcalde
provincial que no instale el comité de seguridad ciudadana en el plazo legal, o
no la convoque para sesionar, comete falta grave y está sujeto a sanción de
suspensión de sus funciones por el plazo de treinta días calendario”. ¿No sería
oportuno modificar la ley de municipalidades e incorporar la suspensión de sus
funciones al alcalde provincial que no convoca al comité de alcaldes distritales
y no concerta democráticamente los planes, proyectos y programas de desarrollo
provincial en sus jurisdicciones territoriales? Estaremos a la expectativa de
la instalación oficial del comité de alcaldes distritales en la gestión provincial
de Candía. De lo contrario habría que denunciarlo antes las instancias
correspondientes para que respete la ley de municipalidades que juramento
cumplir al asumir su mandato municipal.
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